Las políticas
de igualdad son las estrategias políticas destinadas a lograr un cambio en la
sociedad a favor de la igualdad real entre mujeres y hombres, no solo deben
realizarse en un ámbito de la sociedad, sino en varios, para poder lograr esa
igualdad real.
A lo largo de la historia han
sido muchos los intentos y tendencias en el camino de las políticas de
igualdad, y ha sido necesario introducir un cambio en el mundo para que las
sociedades, y en concreto las relaciones entre los géneros, se vuelvan más
justas y simétricas.
Debido a que el principio de
igualdad de trato ha ido variando en su comprensión y en sus objetivos, me ha
parecido interesante exponer los fines de la Ley de Igualdad de mi Comunidad.
La ley de igualdad entre
mujeres y hombres de Castilla – La Mancha tiene dos objetos claros:
· Por un
lado, promover las condiciones que hagan efectivo y real el derecho a la
igualdad entre mujeres y hombres y remover los obstáculos que impiden o
dificultan su plenitud, en el ámbito de las competencias atribuidas a los
poderes públicos de Castilla-La Mancha.
·
Por otro, el establecimiento de medidas dirigidas a prevenir y
combatir la discriminación por razón de sexo.
Para ello, la manera de alcanzar estos objetivos consiste en
realizar avances en distintas competencias, como son las siguientes:
a)
Regulando los principios de actuación de la Administración Regional en el
ámbito de sus competencias.
b)
Promoviendo la igualdad de género en las entidades públicas y privadas.
c)
Estableciendo medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar
y laboral.
d)
Respetando la diferencia y la diversidad existente entre las mujeres y los
hombres, y en los propios colectivos de mujeres.
e)
Intensificando las medidas dirigidas a lograr la igualdad para aquellos
colectivos en los que confluyan otras discriminaciones, además de por razón de
sexo.
f)
Adoptando medidas de acción positiva para compensar las desigualdades.
La ley
será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha. En particular:
a) A
la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus
organismos autónomos, y a todas las entidades que conforman el sector público
de la Junta de Comunidades.
b) A
las entidades que integran la Administración Local, sus organismos autónomos,
consorcios, fundaciones y demás entidades con personalidad jurídica propia en
los que sea mayoritaria la representación directa de dichas entidades.
c) A
las Universidades de Castilla-La Mancha, dentro del respeto a la autonomía
universitaria.
Igualmente,
será de aplicación a las personas físicas y jurídicas.
El
principal fin de la ley es alcanzar la igualdad real entre hombres y mujeres en
todos los ámbitos de la vida y la erradicación de cualquier forma de
discriminación por razón de sexo, directa o indirecta, y lograr una sociedad
más democrática, justa y solidaria, en la que el desarrollo de todas las
personas esté en función de sus capacidades personales y no venga impuesto por
las reglas de género.
Para
ello establece unos principios generales que deben regir y orientar las
actuaciones de las Administraciones públicas:
♦ La
integración de la igualdad de trato y de oportunidades, la incorporación de la
perspectiva y la transversalidad de género en todas las políticas públicas de
las Administraciones de Castilla-La Mancha.
♦ La
especial protección del derecho a la igualdad de trato de aquellas mujeres o
colectivos de mujeres que se encuentren en situación de vulnerabilidad.
♦ La
corresponsabilidad en el ámbito doméstico y familiar, fomentando la
conciliación de la vida personal, familiar y profesional de mujeres y hombres.
♦ El
impulso a las empresas establecidas en la región, para la negociación con la
representación sindical de planes de conciliación y de igualdad, así como de
medidas dirigidas a la plena incorporación de las mujeres al mercado de
trabajo, atendiendo especialmente a aquellas mujeres que están en situación de
vulnerabilidad.
♦ La
implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo y su fomento
en la totalidad de las relaciones sociales.
♦ La
participación y representación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos
públicos de decisión.
♦ La
protección de la maternidad como una función social necesaria para toda la
sociedad, con asunción de los efectos derivados del embarazo, parto y
lactancia.
♦ La
exigencia del cumplimiento del principio de igualdad de trato y no
discriminación por razón de sexo en todas las actuaciones financiadas por la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
♦ La
erradicación de la violencia de género, la violencia familiar y todas las
formas de acoso sexual y acoso por razón de género.
La política
también establece una serie derechos referentes al fomento al acceso al empleo,
a la vivienda y de carácter económico para diversos colectivos de mujeres
vulnerables: jóvenes ( menores de 30 años), mayores de 65 años, viudas, con
diferentes discapacidades, inmigrantes, prostituidas y victimas de violencia de
genero.
Para
ello los poderes públicos colaboran y coordinan sus acciones en materia de
igualdad para que sus intervenciones sean más eficaces y acordes con la
utilización racional de los recursos, y elaboraran un Plan Estratégico para la
Igualdad de Oportunidades, que será aprobado por el Consejo de Gobierno.
El
Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha es el encargado de impulsar las
actuaciones ejecutivas de esta Ley, la elaboración de planes de igualdad del
Gobierno de Castilla-La Mancha, la coordinación de las unidades de igualdad y
la evaluación de la eficacia de las medidas adoptadas, y cada tres años, elaborará
un informe sobre la aplicación de esta Ley de igualdad, en el que se propondrán
las medidas y actuaciones necesarias para conseguir la igualdad real entre
mujeres y hombres, que se remitirá a las Cortes Regionales.
Además,
en cada Consejería existirá una Unidad de Igualdad de Género que será
responsable de promover la efectiva transversalidad de la igualdad y la
incorporación de la perspectiva de género en el análisis de la realidad y la
planificación de acciones públicas que dependan de ese departamento.